Somos EncinaSOMOS ENCINA

Condiciones Generales de Contratación

Última actualización: 21 de agosto de 2026

1. Objeto y ámbito

Las presentes Condiciones Generales de Contratación regulan la prestación de los servicios de Somos Encina, marca de ERAB2B, S.A.S. (sociedad por acciones simplificada de derecho francés, inscrita en el RCS de Dax con el número 983 307 786), con NIF intracomunitario FR13983307786, domicilio en 80 Route de Miqueou, 40180 Saubusse (Francia) y correo electrónico de contacto louis@erab2b.com: captación, validación y concertación de citas con particulares que buscan asesoramiento jurídico, colocadas en la agenda del despacho cliente. Los servicios se dirigen exclusivamente a profesionales y despachos de abogados (contratación B2B); queda excluida la condición de consumidor.

2. Proceso de contratación

El proceso se inicia con el formulario de elegibilidad, seguido de una llamada de presentación. Las condiciones particulares (área de práctica, provincia, volumen, precio por cita y duración) se fijan en el contrato particular firmado por ambas partes, que prevalece sobre estas condiciones generales en caso de conflicto.

3. Exclusividad territorial

Somos Encina se compromete a no prestar el servicio a más de un despacho por área de práctica y provincia durante la vigencia del contrato, en los términos del contrato particular.

4. Precio y facturación

El precio se fija por cita válida, según lo acordado en el contrato particular, y se factura con la periodicidad allí prevista. Los precios se entienden sin IVA u otros impuestos aplicables.

5. Citas válidas

Se entiende por cita válida la concertada con un particular cuya solicitud ha sido validada conforme a los criterios acordados (necesidad real, materia, zona y demás criterios del contrato particular). Los criterios de validez y el régimen de reposición de citas no válidas se detallan en el contrato particular.

6. Obligaciones del despacho

El despacho se compromete a atender las citas concertadas con diligencia, a cumplir la normativa deontológica aplicable a la abogacía española, a tratar los datos de los particulares conforme al RGPD como responsable independiente desde su recepción, y a no ceder las citas o los datos a terceros.

7. Naturaleza de la obligación

Somos Encina asume una obligación de medios. Las cifras publicadas son promedios observados y no constituyen garantía de apertura de asuntos, de contratación por los particulares ni de honorarios. El despacho es el único responsable de la relación profesional con los particulares y de los servicios jurídicos que preste.

8. Duración y resolución

La duración, las condiciones de renovación y las causas de resolución se establecen en el contrato particular. El incumplimiento grave de cualquiera de las partes facultará a la otra para resolver el contrato con efectos inmediatos, previa notificación escrita.

9. Confidencialidad y protección de datos

Las partes se obligan a mantener la confidencialidad de la información no pública intercambiada. Cada parte trata los datos personales bajo su responsabilidad conforme al RGPD y a la LOPDGDD.

10. Ley aplicable y jurisdicción

Estas condiciones se rigen por la legislación española. Para cualquier controversia, las partes se someten a los juzgados y tribunales de Madrid capital, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, en la medida permitida por la ley para la contratación entre empresarios.